sábado, 2 de mayo de 2020

Recursos Humanos - Implicaciones para los Gerentes Parte 1

En el proceso de reclutamiento, el departamento de recursos humanos suele tener la responsabilidad básica de asegurarse del cumplimiento de aquellas leyes y decisiones jurídicas, en cuento a la discriminación, que sean posteriores a las mencionadas. Hay dos tipos de discriminación que preocupan a los administradores. La discriminación para el acceso, que se refiere a las consideraciones y prácticas para la contratación (por ejemplo, diferentes pruebas para calificar, sueldos iniciales más bajos) que se basan en el hecho de que el candidato pertenece a un subgrupo de población concreto y que no guardan relación alguna con la actuación en el puesto, presente o futuro. La discriminación, en el trato, que se refiere a las prácticas que no guardan relación con la actuación laboral y que brindan a los miembros de subgrupos un trato diferente al de otras personas, cuando han pasado a formar parte de la población trabajadora (por ejemplo, asignación de trabajos menos favorables, ritmo más lento para los ascensos).

Sin embargo, en última instancia, el departamento de recursos humanos debe informar y enseñar a los gerentes cuáles son las implicaciones del cumplimiento de la ley para sus respectivos departamentos. El nombre del puesto puedo ser incluso sexista y, de hecho, reflejar una discriminación. Por ejemplo, ya no se usan nombramientos como los de supervisor o vendedor. Muchas empresas los han reemplazado por encargado/a de supervisión de ventas, respectivamente. Los gerentes no gozan de total libertad para reclutar, contratar, capacitar y ascender al personal de su organización. Toda persona u organización que no cumple con la ley puede ser acusada ante la Comisión para la Igualdad de Oportunidades en el Empleo, la que lo investigará y podría demandarla o llevarla a juicio.

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