martes, 7 de enero de 2014

Lo moral de la ayuda

Teóricos recientes como Carol Gilligan y Neil Noddings han argumentando que el orden moral -lo moral de las reglas y la justicia- sólo es una perspectiva de los razonamientos morales. Han sugerido otra forma de razonar llamada "la ética de la ayuda". Gilligan propone que existen dos corrientes en la teoría de la moral- la perspectiva de la "justicia" y la perspectiva de la "ayuda"- y que la perspectiva de la justicia es más normal en los hombres, mientras que la perspectica de la ayuda es más común en las mujeres.

Las personas que operan desde la perspectiva de la justicia subrayan la distancia de los demás y la vida autónoma. Consideran que resolver problemas morales es equilibrar derechos contradictorios, de manera formal y abstracta. Por el contrario, la perspectiva de la ayuda se caracteriza por un sentimiento de vinculación con otros, una vida de amor y atención y la idea de que los problemas morales surgen de responsabilidades que se contraponen, las cuales muchas veces requieren interpretar las relaciones.

Las personas que adoptan la perspectiva de la justicia tienen miedo de las relaciones que los enredan con otros. Quieren proteger los derechos que preservar la separación. Quienes operan con la perspectiva del cuidado, por otra parte tienen miedo que una moral basada en derechos y falta de intervención produzca indiferencia y falta de interés. Las persona que adoptan la perspectiva de la justicia critican la perspectiva de la ayuda acusandola de poco contundente, ambigua e inconsistente en razón de la importancia que concede a las situaciones Quienes operan desde la perspectiva de la ayuda consideran que la posición de la justicia carece de sentimiento y emociones y teme los compromisos. Es importante saber que se usan estas dos perspectivas. Quizá, con el tiempo aparezca una teoría más amplia que las integre a las dos. Por el momento, debemos luchar por entender a las personas que tienen una perspectiva diferente de la nuestra y tratar de llegar a soluciones satisfactorias para las dos partes.

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